DERECHOS De acuerdo al artículo 41 del Reglamento de Trabajo de Grado: “LOS TRABAJOS DE GRADO SON DE LA EXCLUSIVA PROPIEDAD DE LA UNIVERSIDAD Y SÓLO PODRÁN SER UTILIZADOS A OTROS FINES CON EL CONSENTIMIENTO DEL CONSEJO DE NÚCLEO RESPECTIVO, QUIEN DEBERÁ PARTICIPARLO AL CONSEJO UNIVERSITARIO RESPECTIVO, PARA SU APROBACIÓN.”